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jueves, 1 de septiembre de 2011

conn qué autoridad moral podrá exigir Evo que las FFAA salgan a reprimir? estarán en conciencia libres de obedecer. la sentencia calará muy hondo y pronto tendremos hechos. el debate pide ampliar el juicio a los instigadores y borrar la amnistía de Mesa


Con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia  que condena con penas de cárcel a jefes militares y a dos miembros del Poder Ejecutivo del gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, por los muertos y heridos del denominado “octubre negro” de 2003, ha quedado abierto un intenso debate entre oficialistas y opositores.  Los primeros alegan la total legalidad  del dictamen y los segundos lo descalifican.  Dicen o dan a entender que solo se trata de un nuevo capítulo de la represión política de carácter procesal penal del Gobierno masista contra sus adversarios, unas veces por móviles de revancha y otras para intimidarlos.
No faltó el respaldo de un funcionario de la ONU a la sentencia, para quien esta se ajusta a una rigurosa legalidad.
¿Quién tiene la razón?  Conviene recordar, en primer lugar, que en los sucesos de octubre la violencia, con resultado de muertos  y heridos,  provino de dos bandos:  el del gobierno de Sánchez de Lozada  y el de sectores sociales movilizados y politizados por gente que después engrosaría las filas del Movimiento al Socialismo (MAS). Estos últimos, legitimaban su cerco a la ciudad de La Paz,  el asalto a gasolineras de El  Alto  y acciones violentas, como la toma de rehenes, en varias localidades del altiplano paceño, en su oposición a que el régimen de Sánchez de Lozada suministrara gas a Chile.  Se cometieron entonces delitos tipificados como tales por nuestro Código Penal, dando lugar a violentos enfrentamientos con fuerzas policiales  y militares, resultado de los cuales fueron decenas de muertos  y heridos, configurando así uno de los más luctuosos capítulos de la siempre azarosa política nacional.
La sentencia ha hecho caer el mayor rigor punitivo contra los militares que entonces comandaban las Fuerzas Armadas.  Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia pasaron por alto preceptos  constitucionales relativos al rol  institucional castrense.  A requerimiento del Presidente de la República, cuyas órdenes no pueden ignorar, se hallan en la obligación de garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente establecido. Así lo manda el Art. 208 de la Carta Magna.  Fue lo que precisamente hizo el alto mando militar frente a los sucesos de “octubre negro”.  Se limitó a observar la instrucción del Ejecutivo, respaldada, además, en un Decreto Supremo.
Por tanto, la responsabilidad de lo ocurrido recaía específicamente en quienes ordenaron las acciones, siempre y cuando, naturalmente, hubieran sido en sentido de disparar a matar  contra los revoltosos, circunstancia sobre la cual no existen datos probatorios.
Es de imaginarse el impacto de la sentencia en el ánimo de los integrantes del actual mando militar.  Es probable que les predisponga a  no obedecer, en lo sucesivo, instrucción presidencial alguna respecto a tareas de preservación de la estabilidad del Gobierno, para el caso de que se produjeran hechos que la comprometieran, porque si cumplen su deber  corren el riesgo de que les pase lo que en nuestros días padecen sus camaradas, condenados a más de una decena de años de  prisión.
Se trata de un mal precedente, sin duda alguna, para el propio Gobierno, aunque sus relaciones con las FFAA puedan encontrarse, como nunca antes, en su mejor momento.


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